REGLAMENTO HIGIENE Y SEGURIDAD

 

  1. INFORMACIÓN BÁSICA DE LA EMPRESA

A continuación, será descrita información básica de la empresa, dentro de lo que se resalta la razón social, Nit y el código de la actividad económica según Decreto 1607 de 2002.

Razón Social

           Asociación Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Piedecuesta

Nit

800250.973-5

Teléfono

6560942 6564444 3002505051

Dirección

          Carrera 15 No 1ª-19 Barrio San Francisco

Municipio

Piedecuesta

Departamento

Santander

Actividad Económica

          5842302 ACTIVIDADES DE LA POLICIA Y PROTECCION CIVIL 

          INCLUYE EL CUERPO DE BOMBEROS

Clase de Riesgo

V

ARL

Colmena Seguros

  1. TERMINOS DEL REGALMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

 

Los términos bajo los cuales se suscribe el presente reglamento son los siguientes:

ARTICULO 1.  La  empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9ª de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1072 de 2015 y demás normas que con tal fin se establezcan.

ARTICULO 2. La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del comité paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad con lo establecido por el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986 y Resolución 1016 de 1989. 

ARTICULO 3.  La empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes, de conformidad con el SG SST, elaborado de acuerdo con el Decreto 614 de 1984, la Resolución 1016 de 1989, Decreto 1072 de 2015 y Decreto 1443 de 2014, el cual contempla como mínimo, los siguientes aspectos:

“Artículo 2.2.4.6.24. Medidas de prevención y control. Las medidas de prevención y control deben  adoptarse con base en el análisis de pertinencia, teniendo en cuenta el siguiente esquema de jerarquización.

  1. Eliminación de peligros/riesgos: Medidas que se toman para suprimir (hacer desaparecer) el peligro/riesgo.
  2. Sustitución de Peligros/Riesgos: Medidas que se toman a fin de remplazar un peligro por otro que no genere riesgo o que genere menos riesgo.
  1. Controles de Ingeniería: Medidas técnicas para el control del peligro/riesgo en su origen (fuente) o en el medio, tales como el confinamiento (encerramiento) de un peligro o un proceso de trabajo, aislamiento de un proceso peligroso o del trabajador y la ventilación (general y localizada), entre
  1. Controles Administrativos: Medidas que tienen como fin reducir el tiempo de exposición al peligro, tales como la rotación de personal, cambios en la duración o tipo de la jornada de trabajo. Incluyen también la señalización, advertencia, demarcación de zonas de riesgo, implementación de sistemas de alarma, diseño e implementación de procedimientos y trabajos seguros, controles de acceso a áreas de riesgo, permisos de trabajo, entre otros.
  1. Equipos y Elementos de Protección Personal y Colectivo: Medidas basadas en el uso de dispositivos, accesorios y vestimentas por parte de los trabajadores, con el fin de protegerlos contra posibles daños a su salud o su integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar de trabajo. El empleador deberá suministrar elementos y equipos de protección personal (EPP) que cumplan con las disposiciones legales vigentes. Los EPP deben usarse de manera complementaria a las anteriores medidas de control y nunca de manera aislada, y de acuerdo con la identificación de peligros y evaluación y valoración de los riesgos.

PARÁGRAFO 1. El empleador debe suministrar los equipos y elementos de protección personal (EPP) sin ningún costo para el trabajador e igualmente debe desarrollar las acciones necesarias para que sean utilizados por los trabajadores, para que estos conozcan el deber y la forma correcta de utilizarlos y para que el mantenimiento o reemplazo de los mismos se haga de forma tal, que se asegure su buen funcionamiento y recambio según vida útil para la protección de los trabajadores.

PARÁGRAFO 2. El empleador o contratante debe realizar el mantenimiento de las instalaciones, equipos y herramientas de acuerdo con los informes de inspecciones y con sujeción a los manuales de uso.

PARÁGRAFO 3. El empleador debe desarrollar acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores mediante las evaluaciones médicas de ingreso, periódicas, retiro y los programas de vigilancia epidemiológica, con el propósito de identificar precozmente efectos hacia la salud derivados de los ambientes de trabajo y evaluar la eficacia de las medidas de prevención y control.

PARÁGRAFO 4. El empleador o contratante debe corregir las condiciones inseguras que se presenten en el lugar de trabajo, de acuerdo con las condiciones específicas y riesgos asociados a la tarea.” 

ARTICULO 4.  Los peligros y riesgos a los que se ve enfrentado el personal de la empresa son los siguientes, en razón a que el bombero nunca tiene definidas las condiciones de su lugar de trabajo, se ve expuesto a todos los riesgos posibles.

RIESGO

PELIGRO

Polvos, orgánicos e inorgánicos

Químico

Gases y vapores

Químico

Sustancias Varias

Químico

Características de la organización del trabajo (Comunicación, tecnología, organización del trabajo, demandas cualitativas y cuantitativas de la labor

Psicosocial

Características del grupo social del trabajo (relaciones, cohesión, calidad de interacciones, trabajo en equipo)

Psicosocial

Características de la tarea (Carga mental, contenido de la tarea, demandas emocionales, sistemas de control, definición de roles, monotonía, etc)

Psicosocial

Aplastamiento.

Mecánico

Accidentes de tránsito

Condiciones de Seguridad

Temperaturas extremas (calor y frio)

Físico

Radiaciones no ionizantes (láser, ultravioleta infrarrojos)

Físico

Terremoto

Fenómenos naturales

Sismos

Fenómenos naturales

Tecnológico (Explosión, fuga, derrame, incendio)

Condiciones de seguridad

Locativo (almacenamiento, superficies de trabajo, irregularidades, deslizantes, con diferencia de nivel) condiciones de orden y aseo caídas de objetos.

Condiciones de seguridad

Manipulación Manual de cargas

Biomecánico

Posturas (Prolongada mantenida, forzada, anti gravitacional)

Biomecánico

PARAGRAFO:  A efecto de que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzcan en accidentes de trabajo o enfermedades laborales, la empresa ejerce su control en el trabajador, de conformidad don lo estipulado en el SG SST de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.

ARTICULO 5.  La empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de Medicina Preventiva y del Trabajo Higiene y Seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el SGSST de la empresa.

ARTICULO 6. La empresa ha implementado un proceso de inducción, reinducción y reintegro  del trabajador a las actividades que debía desempeñar capacitándolo respecto a las medidas de prevención y Seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo especifico que vaya a realizar.

 

ARTICULO 7. Este Reglamento permanecerá exhibido en, por lo menos dos lugares visibles de las instalaciones cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.

ARTICULO 8.  El presente Reglamento entra en vigencia a partir de la aprobación por parte del Representante Legal y durante el tiempo que la empresa conserve, sin cambios sustanciales las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producciones, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.

 

RAFAEL HERRERA JAIMES

Comandante y Representante Legal

Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Piedecuesta